El 18 de marzo de 1938, el Presidente de la República, General
Lázaro Cárdenas del Río, expidió el histórico
Decreto por el que se fundamentaba la expropiación petrolera,
en vista de la falta de cumplimiento por parte de las compañías
explotadoras, asentadas en México, con capital extranjero, documento
que en su contenido enmarca las circunstancias existentes y la justificación
del acto.
El Decreto expropiatorio dice así:
"CONSIDERANDO, Que es del dominio público que las empresas
que operan en el país y que fueron condenadas a implantar nuevas
condiciones de trabajo por el Grupo Número 7 de la Junta Federal
de Conciliación y Arbitraje el 18 de diciembre último,
expresaron su negativa a aceptar el laudo pronunciado, no obstante
de haber sido reconocida su constitucionalidad por ejecutoria de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin aducir como razones
de dicha negativa otra que la única supuesta incapacidad económica,
lo que trajo como consecuencia necesaria la aplicación de la
fracción XXI del artículo 123 de la constitución
General de la República en el sentido de que la autoridad respectiva
declarara rotos los contratos de trabajo derivados del mencionado laudo.
CONSIDERANDO, Que este hecho trae como consecuencia inevitable la
suspención total de actividades de la industria petrolera y
en tales condiciones es urgente que el Poder Público intervenga
con medidas adecuadas para impedir que produzcan graves transtornos
interiores que harían imposible la satisfacción de necesidades
colectivas y el abastecimiento de artículos de consumo necesario
a todos los centros de población, debido a la consecuente paralización
de los medios de transporte y de las industrias; así como para
proveer a la defensa, conservación, desarrollo y aprovechamiento
de la riqueza que contienen los yacimientos petrolíferos, y
para adoptar las medidas tendientes a impedir la consumación
de daños que pudieran causarse a las propiedades en perjuicio
de la colectividad, circunstancias todas estas determinadas como suficientes
para decretar la expropiación de los bienes destinados a la
producción petrolera"
En el Decreto que se comenta, en su artículo primero se declararon
expropiados por causa de utilidad pública a favor de la Nación,
la maquinaria, instalaciones, edificios, oleoductos, refinerías,
tanques de almacenamiento, vías de comunicación, carros-tanque,estaciones
de distribución, embarcaciones y todos los demás bienes
muebles e inmuebles de propiedad de las compañías rebeldes
a cumplir con la ley mexicana.
El pueblo de México, como un solo hombre, apoyó al General
Cárdenas, que en forma tan legal, valiente y patriótica,
puso en su lugar a las empresas rebeldes y estabilizó el imperio
de la ley.