El Gobierno del Estado a través
de la Secretaría de Educación de Veracruz

I N F O R M A:
A LOS PARTICULARES QUE FORMAN PARTE DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL CON AUTORIZACIÓN Y/O RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS, OTORGADOS POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ, QUE DEBERÁN SOLICITAR EL REFRENDO ANUAL CORRESPONDIENTE AL CICLO ESCOLAR 2011-2012.

 

Considerando que el artículo 78, último párrafo, de la Ley de Educación para el Estado de Veracruz-Llave, establece que “Los particulares deberán refrendar anualmente las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios que les hayan sido otorgados.”.
Que el artículo 145 fracción IV inciso c) del Código Financiero del Estado de Veracruz -Llave establece el pago de derechos por solicitud, trámite y resolución del refrendo anual (favorable o desfavorable) de la autorización de estudios o reconocimiento de validez oficial de estudios (por programa académico y modalidad).
En consecuencia de ello, se hace del conocimiento público a todos los titulares de las escuelas particulares que prestan servicios educativos de todos los tipos, niveles y modalidades, que deben:

  1. Accesar al portal electrónico de esta Secretaría de Educación de Veracruz, www.sev.gob.mx, donde encontrará en el apartado de Escuelas Particulares, el rubro denominado “Refrendo anual para el Ciclo Escolar 2011-2012”; en el que podrá consultar las tarifas y forma de pago de derechos ante la Oficina Virtual de Hacienda, por solicitud, trámite y resolución del refrendo anual y descargar los formatos respectivos.
  2. Una vez realizado el pago, procederá a generar su solicitud de refrendo 2011-2012, a través del sitio web www.sev.gob.mx. En el apartado de Escuelas Particulares, encontrará el vínculo denominado “Refrendo anual para el Ciclo Escolar 2011-2012”, el cual encontrará un Manual SIIEP Refrendo y el link para entrar al Sistema Integral SIIEP, Módulo Refrendo 2011-2012. El sistema para realizar su solicitud, se encontrará disponible a partir del día 16 de noviembre y cerrará el día 1 de diciembre del año en curso. Una vez generada la misma, se deberá imprimir en dos tantos y ser signada por la persona física o, en su caso, por el representante legal de la persona moral, titular del acuerdo de incorporación.
  3. Entregar las solicitudes de refrendo anual 2011-2012 durante los días 28, 29 y 30 del mes de noviembre, 1 y 2 del mes de diciembre del año en curso, en horario de 9:00 a 15:00 horas, en las instalaciones de la Delegación Regional de esta Secretaría de Educación de Veracruz, correspondiente a la zona geográfica donde se encuentre ubicado el servicio educativo.
  4. Se exceptúa de lo anterior a la región de Xalapa, que comprende los municipios de Altotonga, Banderilla, Emiliano Zapata, Jalacingo, Perote, Rafael Lucio y Las Vigas, cuyas solicitudes serán recibidas en las instalaciones que ocupa la Dirección para la Incorporación de Escuelas Particulares, sito en la Avenida Arco Sur No. 154, Colonia Lomas Verdes, C. P. 91077, en Xalapa Enríquez, Veracruz durante los mismos días y horarios antes señalados.


La o las escuelas particulares que omitan realizar el pago de derechos y por ende generar y presentar su solicitud dentro del período y términos señalados, quedarán sujetas al procedimiento administrativo correspondiente y a la aplicación de la sanción, que conforme a la Ley haya lugar.
Todos los hechos, datos e información que manifieste cumplir, observar y mantener, en cuanto a los requisitos y/o cambios que le fueron autorizados, deberá hacerlo bajo protesta de decir verdad, sobre los siguientes aspectos:

  1. Plantilla docente y directiva con perfil y experiencia, debidamente actualizada y autorizada por el nivel educativo correspondiente.
  2. Operar el servicio educativo (clases, asesorías, etc.) exclusivamente en el domicilio y en la modalidad que le fueron autorizados en el acuerdo de incorporación.
  3. Instalaciones que cumplen las condiciones pedagógicas que incluyen el mobiliario, equipo, bibliografía, laboratorios, talleres, espacios suficientes y adecuados, que aseguran el óptimo desarrollo del plan de estudios.
  4. Instalaciones que satisfacen las condiciones higiénicas y de seguridad, a través de documentos legales vigentes relativos al inmueble: protección civil, seguridad estructural, verificación sanitaria y documento que acredite la posesión legal del inmueble y que éste se encuentra libre de controversia administrativa.
  5. Cumplimiento, a través del avance programático, de los planes y programas de estudio que se determinaron en los acuerdos de incorporación otorgados.
  6. Reglamento interno que norme las actividades académicas y administrativas, así como la relación de los alumnos con la institución a la que están adscritos, estableciendo un mecanismo de solución de controversias, debidamente autorizado por el nivel educativo que corresponda.
  7. Trámite en tiempo y forma de cambios o actualizaciones, según corresponda, en cuanto a: planes de estudios; domicilio; titular; turno; nombre del plantel educativo y modalidad, entre otros.
  8. Otorgamiento de becas, a través de un proceso claramente establecido en la reglamentación interna y apegada a la normatividad vigente.
  9. Reporte de becarios, debidamente signado, sellado y entregado ante el área de la Secretaría de Educación de Veracruz correspondiente.
  10. Matrícula reportada y autorizada, en tiempo y forma, ante las áreas correspondientes de la Secretaria de Educación de Veracruz.
  11. Horarios de clases y carga académica por docente, en las diferentes asignaturas.
  12. Comprobante de pago, al corriente, de la cuota anual por alumno, expedida por la autoridad educativa competente.
  13. Nombre del plantel, que cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad.
  14. Registro en tiempo y forma del plan de estudios ante la Dirección General de Profesiones (Educación del Tipo Superior).
  15. Documentación de control escolar de acuerdo a lo normado en el acuerdo específico del que se trate, y demás lineamientos que establezca el nivel educativo correspondiente.

La autoridad educativa se reserva el derecho de verificar los hechos, datos e información que el particular haya manifestado cumplir.
Para cualquier información complementaria en torno al procedimiento que deben cubrir, se pueden dirigir a la Dirección para la Incorporación de Escuelas Particulares al teléfono 01 (228) 819-11-88, en horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Lo no previsto en el presente aviso, será resuelto por la Secretaría de Educación de Veracruz.

Xalapa-Enríquez, Veracruz, 28 de octubre de 2011.

 

Lic. Adolfo Mota Hernández
Secretario de Educación de Veracruz

 

 
 
ATENTO AVISO

Para que sea más rápido el proceso de solicitud de refrendo se le sugiere tener a la mano la siguiente documentación:
  • Personas Físicas
    • Credencial de Elector o Pasaporte.
    • Clave Única de Registró de Población (CURP).
  • Personas Morales
    • Acta Constitutiva de la Persona Moral
    • RFC de la Persona Moral
    • Credencial de Elector o Pasaporte del Representante Legal
    • Clave Única de Registró de Población (CURP) del Representante Legal