Convocatoria -Becas Instituciones Particulares-


  • Es requisito obligatorio que todo plantel educativo particular haga pública su convocatoria al proceso de selección, asignación y otorgamiento de becas.
  • El plantel educativo debe publicar su convocatoria por lo menos 15 días hábiles a fin que la comunidad estudiantil pueda enterarse y participar en el proceso.
  • Dentro de cada plantel educativo, la convocatoria debe ser publicada durante los primeros días del ciclo escolar (Agosto-septiembre) o los últimos meses del ciclo escolar precedente (Mayo-junio), por lo menos, durante un periodo de 10 a 15 días hábiles. Lo anterior, con la finalidad de que todos los interesados puedan ser candidatos a dicho apoyo.

La convocatoria deberá considerar entre otros, los siguientes aspectos:

  • Plazos de entrega y recepción de los formatos de solicitud de becas.
  • Lugar donde se realiza el trámite y el estudio socioeconómico.
  • Tipo de beca a otorgar.
  • Procedimiento para la entrega de resultados.
  • Documentos que deben de integrar al expediente.
  • Condiciones para el mantenimiento o renovación y, en su caso, cancelación del apoyo. Fecha de selección de Becarios.